ADP expresa su enérgico rechazo a proyecto de resolución que busca limitar derechos constitucionales.

El sindicato de los maestros remitió una carta a la Camara de Diputados, vía la Comisión Permanente de Educación en la cual advierte de las graves violaciones constitucionales, legales e internacionales.

La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) expresó su enérgico rechazo al proyecto de resolución sometido por el diputado Nicolás Hidalgo, mediante el cual se procura instruir al Ministerio de Educación (MINERD) a descontar del salario de los docentes las ausencias derivadas de su participación en actividades gremiales y advirtió de las graves violaciones constitucionales y legales tanto a nivel local como internacional de esta propuesta.

El presidente de la ADP, Eduardo Hidalgo, consideró el proyecto de resolución como una medida de naturaleza antisindical al imponer consecuencias económicas derivadas de la participación en actividades gremiales.
“El proyecto de resolución vulnera derechos fundamentales protegidos por los artículos 47 y 62 de la Constitución de la República; Contradice las disposiciones contenidas en los artículos 141 y 142 de la Ley General de Educación núm. 66-97 y resulta incompatible con los Convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo”, afirmo Hidalgo en una carta dirigida Cámara de Diputados de la República Dominicana, vía Comisión Permanente de Educación.

En la referida misiva, firmada por el presidente de la ADP, el sindicato fundamenta su posición en consideraciones de orden constitucional, legal e internacional, por entender que la referida iniciativa afecta derechos fundamentales protegidos por la Constitución de la República, la Ley General de Educación núm. 66-97 y diversos convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ratificados por el Estado dominicano.

En la carta, el profesor Hidalgo sostuvo que la propuesta viola el artículo 47 de la Constitución de la Republica Dominicana que garantiza el derecho de libre asociación para fines lícitos. “Las organizaciones sindicales constituyen una de las expresiones más importantes del derecho de asociación reconocido por el Estado Social y Democrático de Derecho.

La propuesta busca imponer consecuencias económicas negativas a quienes participen en actividades sindicales, afectando el ejercicio efectivo de dicho derecho fundamental”, puntualizó.

Asimismo, preciso que también viola el artículo 62 de la Constitución de la República, el cual reconoce expresamente la libertad sindical, la negociación colectiva, el derecho de huelga y la organización libre y democrática de los trabajadores.

“La resolución procura calificar de manera automática las actividades gremiales como ausencias injustificadas, generando una sanción económica inmediata que limita el ejercicio de los derechos colectivos protegidos por la Constitución”, argumentó el presidente de la ADP en su epístola al órgano legislativo.

Refirió que la resolución propuesta desconoce el marco legal especial que regula la participación gremial del magisterio, amparado en la Ley General de Educación, número 66-97, señalado en sus artículos 141 y 142.
“La ADP constituye precisamente la organización gremial mayoritaria del magisterio nacional y ejerce funciones reconocidas por el propio ordenamiento jurídico”, indicó el presidente de la ADP.

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